De acuerdo con el calendario electoral, entre el 1 y el 3 de octubre se exhiben las candidaturas para el cargo de Regencia.
Candidates:
- Leonardo Pereyra
- María Florencia Soto
Ambas candidaturas fueron presentadas con sus antecedentes y avales en tiempo y forma ante la Junta Electoral.
Hasta el 3 de octubre se podrán presentar impugnaciones u observaciones a las candidaturas.
Según la normativa vigente (Resolución 290), los requisitos para postularse al cargo de Regente son:
a) Revistar como profesor/a interino/a en el Instituto.
b) Contar con una antigüedad docente mínima de seis (6) años, de los cuales tres (3) deben corresponder al nivel terciario y uno (1) al Instituto de Tiempo Libre y Recreación.
Toda la información relativa al proceso electoral –normativas, requisitos y especificaciones– se encuentra en el Reglamento Orgánico del Instituto (Resolución 290 y su ampliación).
Consultas a la Junta Electoral: juntaregenciaistlyr2025@equipodirectivo
Cronograma
- 16/07: El CD aprueba Junta Electoral
- 03/09: El CD aprueba Cronograma Electoral
- 05/09: Cierre de padrones en Secretaría
- 05/09: Remisión de padrones para la Junta Electoral
- 08/09 al 10/09: Verificación de los padrones provisorios por la Junta Electoral
- 12/09 al 16/09: Exhibición de los padrones provisorios. Presentación de impugnaciones y pedidos de inclusión
- 17/09: Resolución de impugnaciones
- 18/09: Aprobación de padrones definitivos
- 19/09 y 22/09: Exhibición de padrones definitivos
- 22/09 al 25/09: Presentación de candidate/s
- 26/09 al 30/09: Análisis de candidate/s por parte de la Junta Electoral
- 01/09 al 03/10: Exhibición de candidate/s. Presentación de impugnaciones y observaciones a candidade/s
- 06/10: Oficialización de candidate/s
- 07/10 y 08/10: Presentación de candidate/s a la comunidad educativa
- 09/10 y 14/10: Designación de las autoridades de mesa
- 21/10: Cierre de propaganda electoral
- 23/10: Acto eleccionario – escrutinio provisorio
- 24/10: Escrutinio definitivo
- 30/10: Elevación a la DFTS
- Asunción de la nueva autoridad
PADRONES ACTO ELECCIONARIO